ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE la homologación de uso como “Panadería”, para el local comercial ubicado en el Lote 10 - Manzana G, Chacra 14, Villa Vega San Martín- Nomenclatura Catastral 15-21-048-3371-0000, propiedad del Sr. Juan Carlos MINETTI.-
ARTÍCULO 2º.- El uso homologado por la presente está sujeto a los condicionamientos establecidos por las áreas competentes del Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de las normas vigentes.-
ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE, por vía de excepción a la Ordenanza N° 3012/98, Artículo 49 c) una superficie de 284,73 m2 para el local comercial ubicado en el Lote 10 - Manzana G, Chacra 14, Villa Vega San Martín- Nomenclatura Catastral 15-21-048-3371-0000.-
ARTÍCULO 4º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a otorgar una licencia comercial a término, a favor de Panificado Patagónico S.A., para el rubro “panadería” a desarrollarse en el Lote 10 - Manzana G, Chacra 14, Villa Vega San Martín- Nomenclatura Catastral 15-21-048-3371-0000.-
ARTÍCULO 5º.- ESTABLÉCESE que la licencia comercial “a término” autorizada por la presente tendrá vigencia hasta el 31/12/2023.-
ARTÍCULO 6º.- Durante el plazo establecido en el Artículo 5° el propietario del inmueble y/o el titular de la licencia comercial, deberá dar cumplimiento a los requerimientos de la Dirección de Obras Particulares establecidos en la normativa vigente, para la obtención de la licencia comercial definitiva.-
ARTÍCULO 7º.- A través de la Dirección de Administración y Despacho, una vez promulgada la presente, gírese copia a la Dirección de Rentas, a la Dirección de Bromatología y a la Dirección de Obras Particulares.-
ARTÍCULO 8º.- ENCOMIÉNDASE a la Dirección de Rentas - División Actividades Lucrativas la notificación de la presente a los Sres. Juan Carlos MINETTI y Juan Domingo PAOLUCCI.-
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 30 de fecha 15 de diciembre de 2022, según consta en Acta correspondiente.-