ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE, en todos sus términos, el Convenio de Colaboración por Emergencia Agraria , celebrado entre la Municipalidad de San Martín de los Andes y el Ente Compensador Agrícola de Daños por Granizo y Financiamiento Productivo (ECA), cuyo propósito es la asistencia a los productores agropecuarios afectados por nevadas en grado de emergencia o desastre agrario, y que forma parte de la presente como Anexo I.- ARTÍCULO 2º.- RATÍFICASE, en todos sus términos, el Decreto DEM N° 2014/2020, dictado ad referéndum del Concejo Deliberante , mediante el cual se acepta un aporte económico no reintegrable de pesos un millón ochocientos mil ($ 1.800.000.-) para asistir a los productores agropecuarios en estado de emergencia o desastre agrario por las nevadas acaecidas en presente invierno. ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar, por vía de excepción a la Ordenanza 6698/2006 Reglamento de Compras y Contrataciones, la compra directa de insumos y materiales destinados a productores agropecuarios en el marco de la presente Ordenanza, por un total de pesos un millón ochocientos mil ($ 1.800.000.-) ARTÍCULO 4º.- La compra directa autorizada en el artículo 3°, se realizará a los proveedores habituales de la Municipalidad, debiendo ponderar la relación precio- calidad. ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Especial Nº 18 de fecha 17 de diciembre 2020, según consta en Acta correspondiente.-
ORDENANZA N° 13.065/20