ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE del pago del arancel en concepto del “Derecho de Oficina” y “Actuaciones Técnicas”, que son condición previa para diligenciar el trámite de pedido de gestión del carnet de conducir, a aquellas personas que perciban las siguientes retribuciones:
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Especial Nº 18 de fecha 17 de diciembre 2020, según consta en Acta correspondiente.-