ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE, por vía de excepción Artículo 42 de la Ordenanza N° 8390/09, una densidad de seis (6) unidades habitables para el proyecto denominado “Complejo de Cabañas” a desarrollar en el inmueble ubicado en el Lote E, parte del Lote 8, de Chacra 22, nomenclatura catastral 15-21-091-3549-0000, Faldeos de la Vega Sur 2, Área Banda Intermedia, propiedad de la Sra. Marcela Andrea Pita.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 30 de fecha 15 de diciembre de 2022, según consta en Acta correspondiente.-