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Información Adicional
Resolución Conjunta N° 3076, Año 2005
Factibilidad Loteo Chacra 13 Lote T
Publicación : 09/08/2005
-- Boletín Oficial N° 285
NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL Y EL PRESIDENTE
DEL CONCEJO DELIBERANTE
RESUELVEN
Artículo 1°-
Declarar ambientalmente factible el Expediente N° 05000- 466 / 04 caratulado “LOTEO CHACRA 13. LOTE T”, sito en Chacra 13 Lote T NC: 15-21-90-7456 Propiedad de la Empresa Euzkalduna S.R.L.; en el cuál se presenta el Informe de Factibilidad Ambiental realizado por el Biólogo Javier Urbanski;
Artículo 2°
-Aprobar las medidas de protección y mitigación ante los posibles Impactos negativos detectados y de acuerdo al Plan de Mitigación de Impactos evaluado:
v
REDUCCIÓN DEL ÀREA AFECTADA A CAMINOS COMUNES Y DENTRO DE LOS LOTES:
con ésta acción se adecuarán las superficies de los caminos a un valor mínimo, otorgando mayor superficie a espacios verdes y parquizaciones. Se minimizaran los efectos sobre cambios en las escorrentías naturales, reducción de la permeabilidad del suelo, cambios en el paisaje y cambios en las comunidades animales. Se utilizará la traza existente, como base para el camino interno, a los efectos de reducir el impacto sobre el medio natural.
v
TRAZAS DE CAMINOS A TRAVÉS DE ZONAS CON PENDIENTE TRANSVERSAL BAJA
: con ésta acción se minimizará la velocidad del agua sobre suelos desnudos o provistos de material granular en zonas donde la erosión hídrica puede desencadenar procesos graves de pérdida de suelo. No se interrumpirán las pendientes naturales de escurrimiento. Se realizará la construcción del puente sobre el arroyo temporario a los efectos de evitar la erosión asociada al vado.
v
LOTES DE MAYOR SUPERFICIE Y SÓLO UNA VIVIENDA POR LOTE:
ésta propuesta se realizará a través de ordenadores urbanísticos. Se mantendrá una mayor densidad final en lo que respecta a población y viviendas para no afectar las escorrentías naturales y otros componentes ambientales tales como la permeabilidad, biomasa vegetal, paisaje y comunidades faunísticas.
v
CORRECCIÓN DE TALUDES A PENDIENTES DE ESTABILIDAD:
se deberá dar pendientes de estabilidad a los taludes y, ejecutar obras de contención transversales con gaviones y técnicas de ingeniería naturalista. Se corregirán los taludes generados por la construcción de caminos internos y de la senda existente (en especial en zonas de mayor Fragibilidad, a los efectos de mitigar el cambio que este efecto produce sobre las escorrentías naturales, evitando incluso deslizamientos en masa y pérdida de suelo. Se deberá prestar especial atención a la conservación y restauración, si bien no adyacente al camino, de la franja paralela al límite inferior del predio, paralela al Callejón de Gingins.
v
CONSERVACIÓN DE LAS MASAS DE BOSQUE Y MATORRAL:
Se destinarán las áreas de mayor densidad a espacios verdes intangibles y al uso público. Los Lotes se proyectarán en el caso que sea necesario con una proporción adecuada de bosque y pastizal, por ejemplo 4:6 o mayor. Se podrán disponer y adjuntar ordenadores urbanísticos a la aprobación definitiva del loteo, en donde se pauten restricciones a la tala y el desmonte.
v
REFORESTACIÓN:
A modo de compensación se recomienda la reforestación en los lotes afectados con especies nativas. Se incluirán ordenadores urbanísticos que den lineamientos específicos en este sentido, tales como la compensación 10:1 en el caso de extracción de especies nativas.
v
USO DE LECHOS NITRIFICANTES:
Se deberá tener en cuenta para el diseño de los lechos la situación particular de cada uno de los lotes al momento de proyectar las viviendas. En este caso los futuros propietarios presentarán al consorcio y al municipio en detalle, el tratamiento que se le darán a los efluentes domiciliarios en forma particularizada.
v
PREVENCIÓN DE CAMBIOS EN EL PAISAJE:
todas las medidas tendientes a afectar en la menor proporción el paisaje natural del área deberán ser analizadas y ejecutadas como la utilización de materiales de la zona, pinturas de colores neutros, arquitectura típica, tendidos subterráneos de servicios, restricción de desmontes, diseño adecuado de caminos, un F.O.S. bajo y retiros perimetrales altos deberán podrán estar contenidas en un anexo a la aprobación del loteo bajo el título Ordenadores Urbanísticos, los cuáles pueden ser obligatorios para los consorcistas del PH.
v
ZONIFICACIÓN DE USOS:
Se deberán seleccionar cuidadosamente las áreas a proteger y/o destinadas a espacios verdes. Se deberá restringir una superficie que indique el F.O.S. determinado para la zona, aquella destinada a construcciones, otra superficie a parquización y una tercera que será variable de acuerdo al lote, la que deberá ser destinada a áreas de conservación. En esta última se encuadran aquellas zonas con presencia de renovales de roble, por ejemplo.
Artículo 3º -
Aprobar las medidas adoptadas para los Aspectos Particulares considerados a saber:
v
ABASTECIMIENTO DE SERVICIOS BÁSICOS: Agua potable a través de la red interna de la Cooperativa de Agua y otros servicios públicos (se adjunta Prefactibilidad). La Energía Eléctrica se proveerá por medio del EPEN (se adjunta Prefactibilidad del EPEN). Los Efluentes Cloacales se eliminarán por medio de lechos nitrificantes.
v
TRATAMIENTO INTEGRAL DE DESAGÜES CLOACALES Y PLUVIALES: se ha optado por la construcción de lechos nitrificantes debido a la imposibilidad, por el momento, de conexión a la red cloacal. Para la conducción correcta de los efluentes pluviales, se ejecutarán cunetas de conducción en los caminos internos (375 m). Además se colocarán alcantarillas en donde las escorrentías naturales se vean interrumpidas por el camino.
v
EVALUACIÓN DE LOS CAMINOS DE ACCESO AL ÁREA Y SUS IMPACTOS SOBRE LAS ÁREAS URBANAS Y NATURALES QUE ATRAVIESAN. DETALLE DE LAS OBRAS DE ARTE. DETALLE MOVIMIENTO DE SUELOS: el camino interno tendrà una longitud aprox de 372 metros y està diseñado para aprovechar una marcada y notoria senda pre-existente utilizada en especial para el transporte con bueyes. Los detalles de los perfiles de los caminos se pueden observar en los planos de la sección II, Anexo I. Se instalará un puente de madera en el sitio en el que el camino cruza al Aº temporal existente. En algunos casos deberán utilizarse medidas de estabilización amigables con el ambiente, tales como:
§
Modelado de taludes
§
Siembra de gramíneas nativas
§
Plantación de sp. Nativas
§
Cunetas de escurrimiento
§
Canalización de escorrentías
Algunas de éstas medidas podrán ser utilizadas solamente en casos especiales o eventuales. Como en la zona erosionada ubicada en forma paralela al callejón de Gingins. Se construirá un puente sobre el Aº temporario que cruza el predio de estructura de madera y se estabilizarán sus cabezales con gaviones. El volumen de suelo a remover se estima un total de 675 m3.
v
RIESGO DE INCENDIOS: en el Reglamento Interno del Loteo se establecen pautas a cumplir por los futuros propietarios para la prevención de incendios.
v
DETALLE DE MOVIMIENTO DE SUELOS. FIJACIÓN DE TALUDES: en los trabajos de acceso al predio se han ejecutado obras con gaviones para contener los taludes generados por el movimiento. Otros taludes generados de menor pendiente, serán contenidos y estabilizados otorgándoles pendientes de estabilidad de 45º y sembrando césped y otras gramíneas. Los trabajos que requieran una estabilización más importante como por ejemplo el extremo Sur del predio, podrán ser tratados con gaviones o bien con metodologías más amigables con el ambiente como por ejemplo, empalizadas con troncos de la zona.
v
MANEJO DE LA MASA BOSCOSA: debido a la complejidad del mosaico de fragilidad, en ciertos sectores del lote se recomienda que cada unidad individual sea tratada en forma particular, en términos de la vegetación y la pendiente, de acuerdo con la clasificación anterior, en momentos de presentar la pertinente autorización de construir de cada propietario. Por lo expresado y para una protección adecuada al bosque, se recomiendan las siguientes acciones:
§
Cumplir con lo establecido en la tabla de fragilidad ambiental de fojas Nº 121
§
Prohibir a los propietarios de unidades de la UCM podar, cortar, despuntar, talar o erradicar especies vegetales de los lugares comunes o públicos.
v
Para retirar un árbol de un lote, deberá cumplirse con las reglamentaciones provinciales en vigencia al respecto y dar aviso a la Administración del PH. Si existieren árboles en los sitios a construir, se tratará de conservarlos, especialmente en el caso de especies nativas, respetándolos al realizar las construcciones. Si fuere absolutamente necesario derribarlos, el propietario deberá plantar 10 ejemplares de la misma especie en un lugar apropiado del lote o donde fuere indicado.
Artículo 4º -
Las infracciones que se comprueben durante la ejecución de la obra que alteren los términos de la Declaración Ambiental y produzca eventuales daños al ambiente a criterio de la Autoridad de Aplicación, serán sancionados según la gravedad de la conducta con:
·
Multa entre el Uno por Ciento (1%) y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
·
Caducidad de la Declaración Ambiental.
Artículo 5°-
La presente Resolución Conjunta no implica la aprobación del proyecto de Arquitectura y/o loteo.
Artículo 6°-
Previo refrendo de los Secretarios Municipales, comuníquese al Concejo Deliberante, regístrese y cumplido, archívese.
Artículo 7°-
De forma.
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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