ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a los ganadores de las tres categorías y sus subcategorías del Concurso de Parques y Jardines 2003/2004 , un año de exención de tasa retributiva, sobre los inmuebles en los cuales se hallan los jardines y parques.- ARTÍCULO 2º: Las categorías beneficiadas serán las Categorías 1º: Casas Particulares, Subcategoría a) Jardines de hasta 400 mt2, b)Jardines de más de 400 mt2 hasta 1000 mt2, Subcategoría c) Jardines de más de 1000 mt2; Categoría 2º: Hoteles, Cabañas y Hosterías y Categoría 3ª: Frentes de Comercio.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Prórroga Nº 1 de fecha 19 de Diciembre del 2.003, según consta en Acta correspondiente.-