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Ordenanza N° 8933, Año 2010
Horario cese actividades comerciales 24 y 31 Dic. 2010
Publicación : 12/20/2010 -- Boletín Oficial N° 383



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE para todos los establecimientos comerciales, industriales, recreativos, culturales y educativos la obligación de cesar en sus actividades comerciales a partir de las 18 hs, los días 24 y 31 de diciembre del 2010.-

ARTÍCULO 2º.- Quedan exceptuados de esta obligación los establecimientos que presten servicios esenciales y de salud, así como los que ejerzan actividades turísticas, gastronómicas y afines y los comercios atendidos por sus dueños.-

ARTÍCULO 3º .- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, será sancionado según el Artículo 88, CAPITULO III, DE LAS INDUSTRIAS, COMERCIOS Y ACTIVIDADES ASIMILABLES A ÉSTA, de la Ordenanza C.D. Nº 94/1984.-

ARTÍCULO 4º .- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal.-

"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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