ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito la titularidad de dominio a favor de la Comunidad Mapuche Curruhuinca, de una fracción de terreno que es parte del Remanente del Lote 69 d, con una superficie aproximada, reajustable según mensura, de veinticinco hectáreas (25 has ).- ARTÍCULO 2º.- DESAFÉCTASE del dominio público la fracción citada en el Artículo 1º , una vez efectuada la mensura de deslinde que realizará el Ejecutivo Municipal por sí o por contrato a terceros.- ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE que los límites de la fracción a transferir son: al Norte y Este el Lote 69 J; al Oeste parte del Remanente del Lote C y parte del Lote Pastoril 59 y al Sur los Lotes G y H que son parte del Lote 69 d y DESLINDÁNDOSE la Ruta Provincial Nº 19 en 30m. de ancho de zona de camino, tal lo establecido por la Dirección Provincial de Vialidad.- ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal.-