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Ordenanza N° 8569, Año 2009
Homologación "uso condicionado"restaurant y uso retiro frente -V. Lolog- D. Blousson.
Publicación : 01/16/2010 -- Boletín Oficial N° 367



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE la homologación final como “Uso condicionado” para el uso “restaurante” en el Lote 49, fracción B de Villa Lolog, NC 15-21-80-7159-0000, ubicada en el área Agroforestal A.A.F., propiedad de Diego Blousson., con el patrocinio del M.M.O. Alejo Duarte.-

ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE el uso de los retiros de frente en el proyecto de restaurante al que refiere el Artículo 1º de la presente, con el destino de “estacionamiento”.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal.-

"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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