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Ordenanza N° 10700, Año 2015
Factibilidad Ambiental Viv. multifamiliares, locales y cocheras - C. Waelkens/D. Rubinger
Publicación : 12/28/2015 -- Boletín Oficial N° 509



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la Resolución Conjunta de Factibilidad Ambiental, del proyecto caratulado “Vivienda Multifamiliar (21 U) / Locales Comerciales (2 U) y Cocheras (12 U)” cuyo texto obra como Anexo I de la presente, a realizarse en el inmueble propiedad del Sr. Cristian Waelkens, localizado en Av. Koessler nº 2285, Nomenclatura Catastral 15-20-064-4886-0000, de acuerdo al Informe de Factibilidad Ambiental (INFA) elaborado por el Arq. Daniel Rubinger, y a las medidas de mitigación previstas en el mismo.-

ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Sr. Presidente del Concejo Deliberante a firmar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 25º de la Ordenanza 1584/94- T.O. 2007/96 junto con el Sr. Intendente Municipal, la Declaración de Factibilidad Ambiental , aludida en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 29 de fecha 03 de Diciembre de 2.015, según consta en Acta correspondiente.-


ANEXO I
ORDENANZA Nº 10.700/15.-

San Martín de los Andes 03 de Diciembre de 2015.-
Resolución Conjunta N° 04/2015.-
entre el Intendente Municipal y el Presidente del Concejo Deliberante,
en el marco de la Ordenanza N° 1584 / 94,Texto Ordenado Ordenanza 2007/96.-
VISTO:

El Expediente Nº 05000-654/03 caratulado "Vivienda Multifamiliar (21 U) / Locales Comerciales (2 U) y Cocheras (12 U)” a desarrollarse en Av. Koessler Nº 2285. N.C.: 15-20-064-4886-0000, propiedad del Sr. Cristian Waelkens, del cual se presenta Informe de Factibilidad Ambiental, a cargo del Profesional Arq. Daniel Rubinger, Inscripto en el Registro de Consultores Nº 09.

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 112 a 115 constan las planillas FOPAB y CEPIA correspondientes al proyecto,

Que, a fojas 116 a 128 consta la propuesta de Vivienda Multifamiliar (21 U) / Locales Comerciales (2 U) y Cocheras (12 U), realizada por la Arq. Elisa Rossi,

Que, a foja 130 a 132 se califica el Proyecto de “Alto Impacto”, emitiéndose los correspondientes Términos de Referencia (TDR), para la elaboración de un Informe de Factibilidad Ambiental (INFA),
Que, a fojas 150 a 225 obra el Informe de Factibilidad Ambiental (INFA), elaborado por el Arq. Daniel Rubinger,

Que, a foja 232 obra el comprobante de pago de la tasa ambiental correspondiente,

Que, a fojas 233 a 237 obra la ampliación de información del INFA solicitada por la Subsecretaría de Gestión Ambiental,

Que, a foja 238 se recomienda la aprobación del INFA por parte de la UTGA, considerándose el proyecto factible ambientalmente,

Que, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos N° 22 y 25 de la Ordenanza Nº 2007 / 96, Modificada por la Ordenanza Nº 2601 / 97, corresponde el dictado de una Resolución Conjunta del Intendente Municipal y del Presidente del Concejo Deliberante,

Que, la vigilancia, control y monitoreo sobre las obras y acciones que se ejecuten, se realizarán a través de la Unidad Técnica de Gestión Ambiental y demás dependencias del Poder Ejecutivo Municipal,

Que, las infracciones que se comprueben antes, durante y después de la ejecución de la obra que alteren, violen o incumplan los términos de la Declaración Ambiental y produzcan eventuales daños al ambiente a criterio de la Autoridad de Aplicación, serán sancionados según la gravedad de la conducta con:

- Multa entre el Uno por Ciento (1 %) y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
- Caducidad de la Declaración Ambiental e implementación de las correspondientes acciones correctivas.

En caso de desistimiento o abandono del proyecto después de iniciada su ejecución o durante su ejecución:
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL Y EL PRESIDENTE
DEL CONCEJO DELIBERANTE RESUELVEN
Artículo 1°- Declarar Ambientalmente Factible el proyecto caratulado "Vivienda Multifamiliar (21 U) / Locales Comerciales (2 U) y Cocheras (12 U) a desarrollarse en Av. Koessler Nº 2285. N.C.: 15-20-064-4886-0000, propiedad del Sr. Cristian Waelkens, del cual se presenta Informe de Factibilidad Ambiental, a cargo del Profesional Arq. Daniel Rubinger y sus correspondientes ampliaciones, obrantes en el presente Expediente.-

Artículo 2°- Aprobar la documentación técnica obrante en el Expediente Nº 05000 – 654 / 03, donde consta el Informe de Factibilidad Ambiental, resaltándose las principales medidas correctivas y de mitigación ante los posibles Impactos negativos, a saber:

Medida Nº 1 Plan de tratamiento y Contención de Taludes

Descripción y objeto: atento a la fuerte pendiente de la ladera se han dispuesto medidas de tratamiento de taludes, durante la fase de construcción y luego de finalizada la misma.
Localización: en el sector de ladera del predio.
Responsable: propietarios y director de obra.

Medida Nº 2 Plan de protección frente a caída de rocas

Descripción y objeto: atento a la fragilidad del macizo rocoso, y desplome eventual de rocas de la ladera, se han dispuesto medidas de protección, durante la fase de construcción y luego de finalizada la misma.

Trabajos previstos:
El sistema Saferock es un conjunto de alta resistencia, compuesto por perno helicoidal de hilo izquierdo de gran paso, planchuela levemente ovalada y tuerca de rosca izquierda. Este sistema para esfuerzo de rocas se utiliza para la fortificación y reforzamiento de rocas. Permite mantener la integridad de las rocas sometidas a esfuerzos y también para fijar cualquier roca suelta, anclándola profundamente.
La barra a utilizar será de diámetro 16mm con un tipo de acero G (40) A440-280 y fuerza de fluencia 280 MPA. y con un diámetro acorde al tamaño y esfuerzo de anclaje que se quiera realizar. Obran especificaciones técnicas a foja 237. Localización: Ver esquema de ubicación de estas medidas de mitigación ante la caída de rocas a foja 175.
Responsable: Propietarios.

Medida Nº 3 Conservación de arbustos y árboles

Descripción y objeto: se asigna especial importancia a la conservación de los arbustos y árboles existentes ya que cumplen una relevante función de contención del suelo. La conservación deberá alcanzar todos los estratos de la vegetación: herbáceo, arbustivo y arbóreo.
Localización: en el sector de ladera del predio.
Prioridad: alta durante toda la etapa de ejecución de la obra
Responsable: propietarios y director de obra.

Medida Nº 4 Plan de parquización y forestación

Descripción y objeto: formará parte del proyecto un diseño particular de espacios verdes y de tratamiento del sector de ladera con especies nativas (ciprés, radal), compatible con las medidas de tratamiento de taludes.
Localización: en todos los espacios abiertos del predio.
Prioridad: alta, a la finalización de la fase de construcción
Responsable : propietarios.

Medida Nº 5 Adaptación de la obra a la pendiente natural de la ladera

Descripción y objeto: adaptación a la fuerte pendiente de la ladera fue parte de las premisas del partido arquitectónico, optando por la disposición de menor desplazamiento de suelo, tal como lo indica el corte del proyecto. Esta variante ambiental deberá vigilarse en toda la fase inicial de la obra, a fin de cumplimentar con la disposición de los proyectistas.
Localización: en el sector de ladera del predio.
Prioridad: etapa de proyecto y fase de construcción.
Responsable: propietarios, profesional proyectista y director de obra.

Medida Nº 6 Uso de materiales ambientalmente amigables
Descripción y objeto: para el tratamiento y contención de taludes se propone el uso de gaviones, colchonetas, mantas geotextiles y biomantas, como la mejor opción ambiental.
Localización: en todo el predio.
Prioridad: a ejecutarse en fase de obra.
Responsable: propietario y director de obra.

Medida Nº 7 Restricción en los movimientos de suelo
Descripción y objeto: teniendo en cuenta lo descripto en el estudio de suelos, y para evitar deslizamientos, se deberá restringir al mínimo los movimientos de tierra en el sector de ladera.
Localización: generalizada y en todo el predio
Prioridad: alta, en toda la fase de construcción
Responsable: director de obra

Medida Nº 8 Plan de conducción de efluentes pluviales

Descripción y objeto: el proyecto apuntará a un adecuado encauzamiento de las aguas superficiales del sector de ladera y las provenientes de las cubiertas de techos de la futura obra.
De acuerdo al principio de “impacto hidrológico 0” de la ordenanza 8390, las aguas superficiales y pluviales producto de cualquier acción que origine escurrimientos se deberán conducir y disminuir su volumen de escurrimiento desde la fuente, de modo de no afectar a linderos.
La gestión de la hidrología del lugar se hará en forma integrada, aplicando técnicas de bajo impacto.
Se utilizarán métodos simples descartando estructuras de hormigón, optando por plantas nativas y suelo con grava, con el fin de permitir una apariencia natural.
Se preservará el drenaje natural, particularmente en las zonas vegetadas de la ladera, que permite infiltrar, atenuar los picos hidráulicos y filtrar los contaminantes.
Se evitará la impermeabilización innecesaria fuera del área de implantación de la construcción.
Las áreas de infiltración se utilizarán con el fin de controlar la erosión hídrica y no afectar a los lotes vecinos favoreciendo la infiltración in situ.

Medidas específicas a tener en cuenta:


Para la conducción de pluviales de cubiertas de techo

El agua acumulada que escurre de los techos se encauzará, a través de bajadas normales y una colectora de diámetro 110mm, con cámaras de inspección y con zanjas filtrantes (ver plano). Estas zanjas de infiltración longitudinales, rellenas de piedra, con profundidades de 0,50m, que recibirán el escurrimiento desde la superficie, y principalmente de la colectora de la unidad. El agua acumulada se distribuirá mediante tuberías perforadas apoyadas sobre un manto de piedras y sobre la cañería de PVC se rellenará con 10cm de piedra tamaño 3-5cm, luego con una capa con piedra mas fina de hasta 2cm y finalmente con una tela geotextil y una capa de 10cm de tierra natural o grava (sector estacionamiento).

Para el control de aguas pluviales en espacio abierto (estacionamiento y senderos)

En los estacionamientos y circulaciones externas se mantendrá el terreno natural con una capa de piedra de 1 a 3cm de diámetro que permita la infiltración. La superficie alrededor se mantendrá con césped. Ver plano de tratamiento de pluviales a foja 179.
Cuando la falta de infiltración lo requiera, o si se detectara un importante nivel de contaminación de la capa de granza con suelos finos que impidan la infiltración natural de las aguas, se escarificará la capa de rodamiento, agregando material nuevo.
Localización : generalizada y en todo el predio y la obra.
Prioridad: alta, a ejecutarse en la fase de construcción.
Responsable: propietario y director de obra.

Medida Nº 9 Pautas de diseño y ambiente

Descripción y objeto: totalidad de medidas y pautas de diseño a tener en cuenta por los proyectistas con el fin de adaptar la arquitectura al ambiente y con la menor afectación del mismo.
Localización: generalizada a todo el proyecto.
Prioridad: durante todas las fases de diseño y obra.
Responsable: propietario, proyectistas y director de obra.

Medida Nº 10 Plan de trabajo con limitaciones horarias

Descripción y objeto: la fase de construcción acarrea actividades generadoras de ruidos molestos. Los efectos negativos aumentan según la hora en que se desarrollen. Se propone limitar los trabajos más críticos en ruidos a las horas de luz y especialmente una limitación adicional en las horas de descanso después del almuerzo.
Localización: generalizada a toda la fase de construcción.
Prioridad: en toda la fase de construcción.
Responsable: propietario y director de obra.

Medida Nº11 Plan de Buenas Prácticas Ambientales del personal de obra

Descripción y objeto: el contratista y el personal de obra estarán instruidos acerca de las buenas prácticas ambientales a los fines de mitigar, prevenir y evitar impactos o accidentes ambientales. En especial las medidas tenderán a la prohibición de hacer fuego, prohibición de caza, prohibición de afectar la vegetación del predio y entorno, el uso de baños químicos, manejo correcto de residuos y restricción de circulación fuera del recinto estricto de la obra.
Localización: escala de la obra y entorno inmediato.
Prioridad: alta, durante la fase de construcción.
Responsable: propietario, director de obra.

Medida Nº12: Plan de cartelería en obra

Descripción y objeto: el emplazamiento del emprendimiento, sobre la arteria principal de acceso a la ciudad (avenida Koessler), determina la necesidad de una correcta señalización para evitar accidentes y complicaciones con el ingreso de vehículos al predio. En toda la fase de construcción se deberá contar con carteles de advertencia en lugar visible desde el exterior.
También se deberá instalar carteles referidos a la protección ambiental.

Medidas especiales durante la etapa de obra
Localización: en todo el predio.
Prioridad: alta, durante toda la fase de construcción.
Responsable: propietario y director de obra.

Medida Nº13: Plan de restauración de áreas afectadas durante la obra

Descripción y objeto: a la finalización de fase de construcción se ejecutará un plan de restauración que abarcará todo el sitio afectado: obradores, áreas de acopio de materiales, áreas de preparación de mezclas, contenedores de residuos, depósitos y otros elementos o construcciones provisorias. En la restauración se priorizarán las siguientes medidas: restauración de taludes naturales, reparación de suelos afectados, retiro de residuos de todo tipo y reposición de plantas dañadas en una proporción 1 a 5.
Localización: en el predio.
Prioridad: alta, a la finalización de la fase de construcción.
Responsable: propietario, director de obra.

Medida Nº14: Hallazgo de Bienes Patrimoniales

Descripción y objeto: durante la fase de construcción se ejecutará un plan de prevención ante el eventual hallazgo de objetos tales como fragmentos o vasijas enteras, instrumentos de piedra, petroglifos, restos de fogones, entierros, restos de vivienda, fósiles o cualquier objeto que se presuma antiguo y de valor arqueológico.

En el plan de contingencia se priorizarán las siguientes medidas:
Localización: en el predio.
Prioridad: alta, durante la fase de construcción.
Responsable: propietario, director de obra.

Medida Nº15: Manejo de Residuos Sólidos

Durante la fase de Construcción
Durante la fase de vida útil de la Obra.

Artículo 3º- Las obras de mitigación de riesgos deberán ser materializadas con anterioridad al inicio de los movimientos de suelos, asimismo se deberá designar un responsable técnico idóneo a cargo de las mismas y presentar un cálculo estructural de las mismas, visado por el colegio de profesionales pertinente.

Artículo 4º - Las obras necesarias de conexión a nexos existentes de infraestructura de servicios básicos, quedan a exclusiva responsabilidad, por cuenta y cargo del propietario del proyecto.

Artículo 5º - Antes del inicio de las obras de movimientos de suelos se deberá dar aviso a esta Subsecretaría con 5 días de anticipación, el fin de realizar sondeos y muestreos arqueológicos.

Artículo 6º - Lo establecido en la presente Declaración Ambiental no implica la aprobación o convalidación de los planos de arquitectura.

Artículo 7º :
- Multa entre el Uno por Ciento (1 %) y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
- Caducidad de la Declaración Ambiental e implementación de las correspondientes acciones correctivas.

Artículo 8°- Durante la etapa de planificación, preparación, funcionamiento y construcción, inspectores dependientes de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de San Martín de los Andes, implementarán un programa de vigilancia y control mediante el cual deberán supervisar y controlar tan frecuentemente como lo estimen necesario, que el Propietario, la Empresa Constructora, el Proyectista, cumpla con las medidas y las disposiciones contenidas en la presente Resolución Conjunta.

Artículo 9°- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal.

"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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