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Ordenanza N° 10725, Año 2015
Convenio Marco de Coop. Mutua e Intercambio de Inf. c/Municipios de la Pcia del Neuquén
Publicación : 01/22/2016 -- Boletín Oficial N° 511



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de Información con los Municipios de la Provincia del Neuquén por el período de diciembre 2015 a marzo 2016 , el cual forma parte de la presente cono Anexo I.-

ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar aportes financieros reintegrables al Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del convenio descripto en el Artículo 1º.-

ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a afectar los recursos de la Coparticipación Provincial (Ley 2148) y el Canon Extraordinario de Producción (Ley 2625 Artículo 7º) para la cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que se otorgaren a este Municipio.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 30 de fecha 17 de Diciembre de 2.015, según consta en Acta correspondiente.-


ANEXO I
ORDENANZA Nº 10.725/15.-



"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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