ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la mensura y subdivisión de los inmuebles individualizados como Lote 3 Mza. A, NC 15-20-047-3438; Lote 3 Mza. E, NC 15-20-047-2838; Lote 5 Mza. D, NC 15-20-047-2734; Lote 2, Mza. E NC 15-20-047-2840; Lote 1 Mza. B, NC 15-20-047-3035; Lote 2 Mza. C, NC 15-20-047-3241, sobre los cuales se asienta el Programa VAMEP 36 Viviendas, a fin de proceder a su posterior adjudicación.- ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar los inmuebles resultantes de la mensura ordenada en el artículo precedente, a los beneficiarios del programa VAMEP 36 viviendas, consignados en el Anexo I de la presente, considerándose a los efectos los antecedentes obrantes en los expedientes administrativos pertinentes, boletos de compraventa oportunamente celebrados, posesión efectiva de las viviendas y resultado de los relevamientos efectuados por la Municipalidad con relación a la situación actual existente.- ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE que los gastos y honorarios correspondientes a la mensura serán en su totalidad asumidos por los beneficiarios de las viviendas del Programa VAMEP 36 Viviendas, en un todo de acuerdo con lo por ellos solicitado.- ARTÍCULO 4º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir escritura traslativa de dominio de la totalidad de los inmuebles resultantes de la mensura precitada, a favor de sus adjudicatarios.- ARTÍCULO 5º.- ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal, previo a la suscripción de las respectivas escrituras traslativas de dominio: