ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYESE, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 12.146/18, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- OTÓRGANSE, para la obra de ampliación en la Unidad Funcional 1, sita en el Lote 1-B, Quinta Urbana 35, Nomenclatura Catastral 15-20-045-2349-0001, propiedad de la Sra. Enriqueta Aldalur, las siguientes excepciones, utilizando el FOS y FOT correspondiente a las superficies descriptas a continuación, a saber: