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Organismo emisor : Concejo Deliberante
Sanción : 10/07/2004
Promulgación : 10/14/2004 por Resolución N° 3890
Descriptores :Autonomia Municipal/Autoridad De Aplicacion/Impuesto Inmobiliario/Impuestos
OBSERVACIONES :



Ordenanza N° 5777, Año 2004
Impuesto a la Propiedad Inmueble
Publicación : 10/18/2004 -- Boletín Oficial N° 261



ARTICULO 1º: El Impuesto a la Propiedad Inmueble es un recurso propio de la Municipalidad de San Martín de los Andes en un todo de acuerdo con las potestades establecidas en los artículos 205 inc. “a” y 204 inc. “b” de la Constitución Provincial.

ARTICULO 2º: La Municipalidad convendrá con al Provincia la Valuación de la Propiedad de acuerdo a los prescripto en el articulo 208 de la Constitución Provincial y lo establecido en la Ley Provincial 2217.

ARTICULO 3º: ADHIERASE a la
Ley Provincial 2469 que transfiere la recaudación y administración del Impuesto a la Propiedad Inmueble a la Municipalidad de San Martín de los Andes .

ARTICULO 4º: Autorizase al Órgano Ejecutivo Municipal a realizar todas las tramitaciones, gestiones y acuerdos necesarios con el Poder Ejecutivo Provincial y los demás Municipios de la Provincia, sin desmedro o menoscabo alguno de los derechos del Municipio establecidos por el articulo 205 “c” e “i” de la Constitución Provincial y los prescriptos en al Ley Provincial 2148, tendientes a poner en vigencia los artículos 1º, 2º y 3º de la presente Ordenanza, concretando para el Municipio la efectiva administración y recaudación del Impuesto a la Propiedad Inmueble, asesgurando una percepción no menor a la alícuota actualmente vigente considerando el efecto que el impuesto inmobiliario supone.
Las actuaciones realizadas en virtud de la autorización otorgada deberán ser elevadas en este Concejo Deliberante para su aprobación.

ARTICULO 5º: Cumplido lo prescripto en el articulo anterior, el Concejo Deliberante establecerá a propuesta del Departamento Ejecutivo, las alícuotas del Impuesto de la Propiedad Inmueble por Ordenanza Especial.


Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria Nº 28 de fecha 07 de Octubre del 2.004, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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